La regulación del pacto federal con los estados de la República
México ha tenido en la historia cinco Constituciones diferentes, la de 1824, 1836, 1843, 1857 y la de 1917; esta última es la que se encuentra vigente.
El pacto federal es la organización política del Estado mexicano en la que los estados de la Federación son soberanos y están unidos mediante un acuerdo nacional en sus tres niveles de gobierno que son el federal, estatal y municipal.
La naturaleza jurídica del Estado mexicano se encuentra establecida en los artículos 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De acuerdo con el artículo 40, el régimen federal está conformado por estados libres y soberanos (31 y la Ciudad de México) en todo lo que se refiere a su régimen interior, pero que están unidos en una Federación. En este pacto, la población ejerce su soberanía a través de los poderes de la Unión.
En el caso mexicano, sus referentes históricos se encuentran en el modelo estadounidense, a partir de la Constitución del Estado de Filadelfia de 1787. En nuestra historia como nación independiente, hemos tenido la vigencia de cinco constituciones: las de 1824, 1836, 1843, 1857 y 1917.
El Federalismo mexicano establece divisiones en el ámbito federal y local en función del poder Ejecutivo, el Legislativo y Judicial, y organismos constitucionalmente autónomos.
En el ámbito federal, el poder Ejecutivo recae en el presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, según los términos del artículo 80 constitucional; mientras que en el local, recae en los gobernadores y la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, según lo establece el artículo 116 constitucional.
El poder Legislativo, en el ámbito federal se materializa en el Congreso de la Unión, que está integrado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, según el artículo 80 de la Constitución. En el ámbito local, en los congresos de los estados según lo previsto en el artículo 116 constitucional.
El poder Judicial, en el ámbito federal, según el artículo 94 de la Carta Magna, está integrado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los tribunales unitarios de circuito, tribunales colegiados de circuito, juzgados de Distrito y el Consejo de la Judicatura Federal.
En el local, lo integran los tribunales superiores de justicia, juzgados locales, penales, civiles, familiares y tribunales electorales estatales.
Fuente: El Economista